Junta Central electoral autoriza se grabe el proceso de conteo de los votos municipales

Santo Domingo,- El pleno de la Junta Central Electoral autorizó mediante resolución que se grabe con celulares y cámaras de video el momento en que se cuenten los votos de las elecciones municipales del 15 de este mes.

 El órgano electoral especificó que la grabación en la fase de escrutinio se hará después de las 5:00 de la tarde o cuando el presidente haya declarado abierto el mismo, empleando teléfonos celulares o cámaras de video que únicamente podrán utilizarse en la referida fase de la jornada el día de las elecciones.

La grabación del escrutinio podrá ser realizada por los delegados políticos acreditadosante el colegio electoral por los observadores de escrutinio acreditados oficialmente por los partidos políticos (con sus respectivos gafetes de identificación provistos por la JCE) o por aquellos observadores nacionales e internacionales que se encuentren debidamente acreditados.

La JCE apuntó que durante la fase de instalación y todo el proceso de votación se mantiene la prohibición del uso de celulares y aparatos electrónicos dentro de los colegios electorales. Aquellos aparatos que sean introducidos en los colegios electorales por los electores quedarán en poder del presidente del colegio electoral hasta cuando concluyan la votación.

Por otro lado, y a través de la resolución 19-20, el pleno de la JCE autorizó la designación de un observador de escrutinio para aquellos partidos que no tienen representación en los colegios electorales por concurrir aliados a otras organizaciones políticas, cuya presencia solo será permitida una vez se haya declarado cerrada la votación y abierta la fase de escrutinio.

Las personas deberán portar un gafete que será suministrado por la JCE, sin el cual no podrán ejercer sus funciones y solo tendrán derecho a presenciar el conteo de los votos, el llenado de las actas y transmisión de los resultados, “sin que en ningún momento pretendan tener voz y voto en las actuaciones o decisiones que se tomen en los colegios electorales”.

Igualmente, estableció que los observadores nacionales e internacionales que se encuentren debidamente acreditados por la institución podrán presenciar la fase de escrutinio, siempre que porten consigo la acreditación correspondiente.

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